Thomas Pinazo labrador y trajinante

Lo que hoy conocemos por Fuente Vieja, aparece en el documento estudiado como la fuente principal del municipio. Además de proveer de agua a los vecinos de Noblejas, tenía otros usos ajustados a las actividades laborales.


Los vecinos que intervienen en este pleito son los siguientes: Thomas Pinazo y consortes, vecinos de la villa de Noblejas y de ejercicio labradores y trajinantes. Testigos: Josef García del Pino, Alfonso García Baltasar, Josef Ximenez y Juan Rodríguez. Se expresan de la siguiente forma:



Decimos por nos mismos y a voz y ante los demás nuestros compañeros trajinantes de la dicha villa que hemos estado presos, unos ocho días, y otros trece, en el Real Cárcel de la nombrada villa de Noblejas, en grave perjuicio de nuestras personas y hacienda en el presente tiempo de la recolección de grano, que por recaudación menor ha causado notable perjuicio”.



El procurador Santiago Escacho explica así los hechos:

Que la Justicia y Ayuntamiento de la dicha villa, ha procedido a hacer un repartimiento para la limpieza de la fuente principal del pueblo y conductos por donde desagua con el más notorio exceso, injusticia y desigualdad; ya por haber hecho de autoridad propia y la competente Real facultad, y ya también por que teniendo solamente lugar semejantes repartimientos en defecto de propios y debiéndose en este caso hacer con la más equitativa proporción con igualdad y gradualidad entre todos los vecinos incluyendo a los más privilegiados; se ha limitado dicho repartimiento a solas las tres clases de hortelanos, dueños de alcaceles o alamedas y trajinantes… que si bien los trajinantes lavan en la fuente los pellejos de su tráfico, del mismo modo los labradores no comprendidos en el repartimiento lavan mantas de oliva, seras y espuertas de vendimia, costales y demás pertrechos de labor y igualmente los demás vecinos hacen el uso que necesitan y les acomoda de dicha fuente pública por ser su aprovechamiento o disfrute común, todo lo cual es notorio; de suerte que si la razón de contribuir consiste (como se supone) en que con el aprovechamiento y por uso de las aguas se encenagan los conductos por donde desaguan, no pueden absolutamente eximirse de la contribución a vecino alguno, pues todos, más o menos, a proporción de los usos que hacen de la fuente son causadores de su encenagamiento y la obtusión de sus conductos, y todos proporcionalmente deben concurrir a su limpia…”.


 “Suplico que habiendo dado por presentado el poder y papel de resguardo y estimando nulo el repartimiento insinuado por defectuoso de potestad se sirva mandar que por la Justicia y Ayuntamiento de dicha villa se restituyan inmediatamente a los contribuyentes las cantidades que indebidamente se les ha exigido y a mis representados se les resarza de los daños, vejaciones y perjuicios que se les ha ocasionado y de todas las costas y gastos. Imponiendo además a la misma Justicia y Ayuntamiento las penas y apercibimientos que sea del agrado del Consejo; tanto por haberse apropiado facultades que no le corresponden, que por el mal uso que hubiese haber hecho de su autoridad, valiéndose de ella para la tropelía…”.


 “...y violencias insinuadas, mandando igualmente que en lo sucesivo que cuando sea necesaria la limpia de la fuente, y no pueda costearse del caudal de propios, se proceda a repartir entre los vecinos con la formalidad y equitativa proporción que previenen las leyes…”

El fin de la historia queda para la imaginación. El documento no recoge las alegaciones del ayuntamiento de la villa de Noblejas ni la sentencia de los Reales Consejos.

Finaliza el expediente con el escrito de súplica del abogado de Thomas Pinazo del año 1786 en el que pide que se le entregue el despacho que en fecha 26 de agosto de 1785 se envió a la Justicia de la Villa de Noblejas.


DOCUMENTACIÓN:

Tomás Pinazo y consortes, sobre que se declare nulo el repartimiento hecho por la justicia para la limpieza de una fuente. Noblejas (Toledo) – AHN Consejos, 31314, Exp.3 – Fecha: 1785. Archivo Histórico Nacional - Ministerio de Cultura - Gobierno de España.


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